Declaración responsable del sistema informático de facturación
Versión 1.0 — suscrita el 9 de septiembre de 2026 en Daimiel (Ciudad Real), España.
De acuerdo con el artículo 13 del Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales (Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre), la persona productora de este sistema informático hace pública la siguiente declaración responsable.
1.a) Nombre del sistema informático
Voltia
1.b) Código identificador del sistema informático
01
1.c) Identificador completo de la versión
1.0
1.d) Componentes y descripción del sistema
Se trata de una aplicación web de gestión para talleres de reparación de electrónica (clientes, equipos/reparaciones, presupuestos, facturación e inventario), a la que se accede mediante navegador — no requiere instalación en el equipo del usuario. Se ejecuta en infraestructura en la nube (Vercel para la aplicación, base de datos PostgreSQL gestionada en Neon), no “on-premise”.
Este software permite gestionar de forma independiente la facturación de varios talleres (obligados tributarios) dentro de él, cumpliendo separadamente con la normativa mencionada en el apartado 1.k) para cada uno de ellos, como si, en la práctica, se tratara de sistemas informáticos de facturación distintos — cada taller configura su propio nombre legal a efectos censales y su propio certificado digital, que se usa exclusivamente para las facturas de ese taller.
1.e) ¿Solo puede funcionar como «VERI*FACTU»?
S - Sí
1.f) ¿Permite ser usado por varios obligados tributarios?
S - Sí
1.g) Tipos de firma cuando no se usa como «VERI*FACTU»
Dado que se trata de un sistema que solo puede ser utilizado exclusivamente en la modalidad de «VERI*FACTU», no se realiza una firma electrónica expresa de los registros de facturación generados, ya que la normativa considera que quedan firmados al ser remitidos correctamente a los servicios electrónicos de la Agencia Tributaria con la debida autenticación mediante el adecuado certificado electrónico cualificado.
1.h) Nombre y apellidos de la persona productora
NOBLEJAS GOMEZ VICENTE
1.i) NIF de la persona productora
71359647P
1.j) Dirección postal de contacto de la persona productora
Calle Don Tiburcio, 67. 13250 - Daimiel (Ciudad Real). España.
1.k) Cumplimiento normativo
La persona productora del sistema informático a que se refiere esta declaración responsable hace constar que dicho sistema informático, en la versión indicada en ella, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, y en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para todo aquello que complete las especificaciones de dicha orden.
1.l) Fecha y lugar de suscripción
9 de septiembre de 2026, en Daimiel (Ciudad Real), España.
Anexo 2.a) Otras formas de contacto
- Teléfono: 659595263
- Correo electrónico: cetelectronica@outlook.es
Anexo 2.b) Direcciones de internet
- Sitio web del sistema informático: https://voltiarepair.com/
- Acceso al histórico de declaraciones responsables: esta misma página.
Anexo 2.c) Implementación de las especificaciones técnicas y funcionales
Además del modo que es de obligado cumplimiento en todos los casos (el algoritmo de huella SHA-256 sobre la cadena de campos especificada), otras implementaciones utilizadas son:
- Empleo de la tecnología transaccional del sistema gestor de base de datos utilizado (PostgreSQL) para lograr la consolidación, en una sola unidad transaccional, de la expedición de la factura (numeración correlativa) y la generación del registro de facturación encadenado correspondiente a la factura.
- El envío del registro de facturación a la Agencia Tributaria se realiza inmediatamente después de confirmarse dicha transacción, de forma automática, sin intervención manual del usuario.
- Cada taller (obligado tributario) utiliza su propio certificado electrónico, cifrado en reposo (AES-256-GCM) en la base de datos del sistema y nunca compartido entre talleres, empleado exclusivamente para autenticar y firmar el envío de sus propios registros de facturación.